Inocencia Fiscal y la reforma del Régimen Penal Tributario: se abre una nueva etapa con desafíos por delante
Departamento Tributario de Fundacion Apertura
El Congreso Nacional aprobó la reforma del Régimen Penal Tributario y de la Ley de Procedimiento Tributario, junto con la creación de un Régimen de Declaración Jurada Simplificada en el Impuesto a las Ganancias.
La sanción de esta norma marca un hito relevante en el debate sobre cómo debe relacionarse el Estado con los contribuyentes, y en particular con quienes producen, invierten y generan empleo en la Argentina.
Desde Fundación Apertura consideramos importante aportar una mirada institucional sobre esta nueva ley, destacando los avances que introduce, pero también los aspectos que deberán ser monitoreados para que su impacto sea positivo y sostenible en el tiempo.
Un problema reconocido y una respuesta legislativa necesaria
La ley parte de un diagnóstico ampliamente compartido: el Régimen Penal Tributario vigente había quedado completamente desfasado, con montos irrisorios frente a la inflación, un uso excesivo de la vía penal y altos niveles de litigiosidad.
La actualización de los umbrales penales y sancionatorios constituye, en este sentido, un paso necesario para evitar la criminalización de incumplimientos de escasa relevancia económica, reorientar la persecución penal hacia conductas verdaderamente graves, mejorar la eficiencia del sistema judicial y administrativo. La norma aprobada reconoce, así, la necesidad de ordenar un sistema que había perdido razonabilidad.
En torno a la extinción de la acción penal, corre hacia atrás la necesidad de abonar de manera espontánea las obligaciones tributarias con anterioridad a la denuncia penal y eleva en un 50% el monto en caso de haberse realizado la imputación penal con el plazo que regía anteriormente.
Menos litigio, más regularización
Uno de los cambios centrales de la ley es el fortalecimiento de los mecanismos de regularización voluntaria, priorizando el cobro efectivo de los tributos por sobre la judicialización de los conflictos.
El nuevo esquema promueve la cancelación temprana de obligaciones tributarias, la reducción de causas penales innecesarias, una relación más previsible entre el fisco y los contribuyentes. Este enfoque resulta coherente con una concepción moderna del derecho tributario, que privilegia el cumplimiento y la corrección antes que el castigo.
Consideramos que la Declaración Jurada Simplificada en el Impuesto a las Ganancias es una herramienta que deberá probar su eficacia, pero se encuentra alineada con el objetivo de reducir la complejidad administrativa para determinados contribuyentes.
Se trata de una herramienta con potencial para poder disminuir los costos de cumplimiento y simplificar la relación con la Administración Tributaria (ARCA).
Su impacto dependerá de cómo se reglamente y de que sus parámetros resulten acordes a la realidad económica, evitando exclusiones innecesarias y ambigüedades operativas.
Los puntos que requieren seguimiento
Junto con los avances, la ley aprobada deja planteados algunos desafíos que deberán ser observados atentamente en su aplicación práctica.
- Proporcionalidad de las sanciones formales
La fuerte actualización de las multas por infracciones formales mejora su eficacia disuasiva, pero plantea interrogantes sobre su impacto en micro, pequeñas y medianas empresas, especialmente cuando se aplican de manera uniforme. Será clave que la reglamentación y la práctica administrativa contemplen criterios de razonabilidad y gradualidad.
Asimismo, genera la necesidad de preguntarse por qué motivo no se adoptó mecanismo de escalas dependiendo del tipo de contribuyente, y la ausencia de actualización automática de los montos, generando el riesgo de caer nuevamente en un futuro, en multas que carecían de valor real.
- Coherencia y equidad del régimen penal
Algunos aspectos del régimen de extinción de la acción penal introducen tratamientos diferenciados entre tipos de delitos tributarios, lo que exigirá una interpretación cuidadosa para preservar los principios de igualdad ante la ley y razonabilidad normativa.
- Exteriorización de activos
En el marco del régimen de exteriorización de activos, se mantiene la expectativa respecto a la reglamentación de dicha norma, para evitar futuras interpretaciones que pudieran dar lugar a sanciones o regímenes contraproducentes de los contribuyentes que se adhieran.
- Reducción de la prescripción
La reducción del plazo de prescripción es un dato alentador dado que ofrece mayor seguridad jurídica. Sin embargo reaviva la larga discusión existente acerca del carácter del instituto de la Prescripción y la potestad de las provincias para legislar al respecto, con una introducción al Código Civil y Comercial de la Nación que una vez más hace variar el espíritu del texto anterior.
- Impacto para el sector productivo
Para el entramado empresario, la ley aprobada implica, en términos generales una menor exposición penal por errores de baja entidad, mayor previsibilidad en el vínculo con el Estado e incentivos claros a la regularización y el cumplimiento.
Al mismo tiempo, el impacto positivo dependerá de reglamentaciones claras que contengan criterios administrativos razonables. Las instituciones vinculadas a la producción deberán realizar un seguimiento que evite desvíos en su aplicación.
Desde Fundación Apertura entendemos que la sanción de esta ley abre una nueva etapa en el tratamiento de los conflictos tributarios, con una orientación más racional y moderna.
El desafío ahora es que su implementación refuerce la seguridad jurídica, reduzca efectivamente la litigiosidad y contribuya a un entorno más previsible para la inversión.
Promover reglas claras, estables y equitativas es fundamental para fortalecer la confianza, mejorar la calidad institucional y avanzar hacia un desarrollo productivo sostenible.
